El reto de nuestra nación, y sobre todo de los legisladores, es la formación de ciudadanos y de un estado que pueda aprovechar racionalmente las múltiples ventajas que ofrecen las nuevas tecnologías sin imponer trabas innecesarias que frenen su desarrollo. Es por ello que se decreta el 28 de marzo del año 2000 la Ley Orgánica de Telecomunicaciones por la Comisión Legislativa en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 6 numeral 1 del Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 187, numeral 1 y 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Tiene por objetivo establecer el marco legal de regulación general de las telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho humano de las personas a la comunicación y a la realización de las actividades económicas de telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin más limitaciones que las derivadas de la Constitución y las leyes.
Esta Ley estableció la apertura y competencia en el sector de las telecomunicaciones en nuestro país y sentó las bases del desarrollo e inversión en la infraestructura que actualmente disfrutamos. En materia específica de TIC podemos destacar algunos fundamentos de esta Ley: la promoción a la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica en materia de telecomunicaciones y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías con el propósito de asegurar el acceso en condiciones de igualdad a todas las personas. Para garantizar el cumplimento de sus objetivos, la ley exige a los distintos operadores la homologación y certificación de equipos, así como el uso de la tecnología adecuada, a fin de lograr el acceso universal a la comunicación. Muchos quedarán sorprendidos y complacidos con este desarrollo normativo (que es más amplio) otros tendrán observaciones relevantes que hacer. Las leyes como emanación del hombre no son perfectas, aún más cuando todas las naciones se encuentran en la misma búsqueda en una materia que ha demostrado ser esquivo y cambiante, para muchos el reto ya no es promulgar las normas sino mantener su actualización. Corresponde al mismo derecho y al sistema de justicia con todos sus actores (legisladores, jueces, abogados, partes, expertos...) graduar la aplicación de estas normas, subsanar sus deficiencias, hacer su interpretación y llenar los vacíos mediante la aplicación de los recursos y principios que lo conforman.
Tiene por objetivo establecer el marco legal de regulación general de las telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho humano de las personas a la comunicación y a la realización de las actividades económicas de telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin más limitaciones que las derivadas de la Constitución y las leyes.
Esta Ley estableció la apertura y competencia en el sector de las telecomunicaciones en nuestro país y sentó las bases del desarrollo e inversión en la infraestructura que actualmente disfrutamos. En materia específica de TIC podemos destacar algunos fundamentos de esta Ley: la promoción a la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica en materia de telecomunicaciones y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías con el propósito de asegurar el acceso en condiciones de igualdad a todas las personas. Para garantizar el cumplimento de sus objetivos, la ley exige a los distintos operadores la homologación y certificación de equipos, así como el uso de la tecnología adecuada, a fin de lograr el acceso universal a la comunicación. Muchos quedarán sorprendidos y complacidos con este desarrollo normativo (que es más amplio) otros tendrán observaciones relevantes que hacer. Las leyes como emanación del hombre no son perfectas, aún más cuando todas las naciones se encuentran en la misma búsqueda en una materia que ha demostrado ser esquivo y cambiante, para muchos el reto ya no es promulgar las normas sino mantener su actualización. Corresponde al mismo derecho y al sistema de justicia con todos sus actores (legisladores, jueces, abogados, partes, expertos...) graduar la aplicación de estas normas, subsanar sus deficiencias, hacer su interpretación y llenar los vacíos mediante la aplicación de los recursos y principios que lo conforman.
Enlace de la Ley:
http://www.tsj.gov.ve/legislacion/LT_ley.htm
Enlaces relacionados:
http://www.guia.com.ve/noticias/?id=27520
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